La Audiencia Nacional se corrige y exige al Estado que compense a los padres de la niña que se cayó en el transporte público en Málaga | Mis Derechos | Economía

La Audiencia Nacional se corrige y exige al Estado que compense a los padres de la niña que se cayó en el transporte público en Málaga |  Mis Derechos |  Economía
La Guardia Civil en las actuaciones de intervención de la zona del ferrocarril donde había aparecido el cuerpo sin vida de la niña, Lucía Vivar, en julio de 2017.
La Guardia Civil en las actuaciones de intervención de la zona del ferrocarril donde había aparecido el cuerpo sin vida de la niña, Lucía Vivar, en julio de 2017.García-Santos

Sentencias judiciales para la familia de Lucía Vivar, la niña de tres años que cayó en 2017 en los viajes de tren en la localidad de Pizarra (Málaga, 9.118 habitantes). La Audiencia Nacional absuelve al Administrador de Infraestructuras Ferroviarios (ADIF), entidad pública que anuncia la Ministerio de Transportes y Movilidad Sosteniblede pagar 176.000€ a los padres del niño, en concepto de responsabilidad económica. El niño cayó al suelo de manera segura luego de haber pasado la noche desaparecida. Para los cinco magistrados, la decisión de no suspender el tráfico ferroviario en Madrugada era razonable a la luz de la información disponible cuando desapareció la pequeña desaparición. En algún momento resultó que era posible lograr la seguridad.

Los invitados se llevaron a cabo el 26 de julio de 2017. Lucía jugó sus primeros momentos con su padre con amigos familiares en el bar. La estación. A las 23.30 horas, la familia se pierde en el silencio del niño. Esto, avisado por la Guardia Civil, precipitó la movilización de la gente durante toda la noche para encontrarse con la pequeña. A las 6:43 horas, su cuerpo fue atravesado por las vías del tren, a cuatro kilómetros se perdió la vía, luego de que un maquinista pasara por la zona informó de la existencia de un bloqueo en las vías. El tráfico de Cercanías no se suspende hasta la mañana. Posteriormente se abrió la investigación y Lucía fue asesinada por un convoy mientras dormía.

Luego, si tienes acceso a EL PAÍS (puedes consultar el documento aquí), las medidas adoptadas por las autoridades se adaptarán “a partir de las pruebas y circunstancias conocidas en el momento de su adopción”. La Sala admite las tesis de la Abogacía del Estado y dice que los padres deben reforzar la vigilancia sobre el menor. Además de todo hay una zona de transporte como una estación de tren.

Tráfico clausurado

La sentencia analizada, en síntesis, contiene tres posibles errores y si estos errores son determinantes para la muerte fatal. En primer lugar, los magistrados señalaron que fue difícil evitar que la personita pasara cuatro kilómetros sobre las vías del tren hasta quedar exhausta y dormida, y que permaneció permanente hasta la noche siguiente. Como la posibilidad era remota, la decisión de no suspender el tráfico ferroviario era la más razonable dadas las circunstancias, máxima cuando «la propia familia de la recurrente insistencia en la tesis contraria», en seguridad, constata la caída. Además, apostillan, se inspeccionaron las vías del tren.

No se trata de enfatizar la decisión de que paralizar el tráfico ferroviario es una decisión «de gran alcance» y causa «graves perturbaciones al interés general». Ésta fue la cuestión defendida por el abogado del Estado, así como por la ADIF, que argumentó que existía «un mínimo de prueba de que el menor se perdió en las vías del tren», actuando la administración de forma distinta, pero «no así fue”. Contrariamente a esta interpretación, el Juzgado Central de Contencioso Número 4, en 2022, hizo entrar en razón a la familia y reconoció al culpable ante las desesperadas autoridades. En esta primera frase, el magistrado-juez Pablo Álvarez Cometió una cadena de errores que provocaron la ruina de Lucía y concluyó que la familia debe ser compensada por los arcos públicos, puede valorar la información que las autoridades le brindaron para ello y detener el flujo de trabajo como medida cautelar. La Sala, en esta nueva sentencia, llega a la conclusión contraria y corrige la caída del juez central.

El error de la cámara

Un segundo factor controvertido son las cámaras de vigilancia. Tanto los magistrados de la Audiencia Nacional como el juez Álvarez admiten que los operadores del Centro de Protección y Seguridad de Sevilla cometen errores. Los operadores que revisan los equipos de captura y no reparan las imágenes pueden apreciar que el niño llegó durante los viajes. Sin embargo, y contrariamente al criterio del juez, para la sala siempre que la defensa de la familia como la del jugador imponga «una exigencia ante ADIF que vaya hasta donde razonablemente se exige», puede «existir efectivamente este error», ”, admiten. Los magistrados, pero en la región, siguieron: «La vidente de la niña era muy molesta y su presencia fugaz, si bien su percepción era muy difícil». No existe una búsqueda de un “peso” que genere, de forma inequívoca, un derecho a ser indemnizado, concluido por la Audiencia Nacional.

“Camina a la vista”

Por último, un tercer punto de radical polémica por la orden de las autoridades ferroviarias de que circulen los primeros trenes de trabajadores “Camina a la vista” justo al lado de la estación. En la red ferroviaria, esto significa que el conductor debe proceder con cautela y velocidad suficiente para que, en caso de encontrar un obstáculo en la vía, tenga tiempo de detener el tren y no detenerlo.

Durante las tareas policiales, el maquinista que encontró el botón no reduce la velocidad hasta este punto. Sin embargo, los magistrados asumen que la orden de ADIF reducirá la velocidad en el entorno de la estación, a cuatro kilómetros de la zona de búsqueda, donde fue encontrada Lucía.

Eso sí, para los magistrados, y contrariamente al criterio de la sentencia, no se puede pedir a la entidad pública que se haga responsable de esta falta, porque si hay una determinada irregularidad, la solicitud debe dirigirse contra Renfe en su calidad de responsable de los conductores de vehículos. . . O a lo sumo contra el propio operario, mais non contra ADIF, que es el único responsable del funcionamiento y seguridad de la infraestructura ferroviaria, reconoce la sentencia.

Por todo ello, para la Audiencia Nacional diluir el nexo de causalidad entre la muerte del menor y la conducta de la administración. Y por tanto, cerrar la puerta al reconocimiento de indemnizaciones para la familia.

La agenda de Cinco Días

Las ciudades económicas más importantes del momento, con las claves y el contexto para entender tu capacidad.

RECIBELO EN TU CORREO

By Lima Cardoso

You May Also Like